TRASPLANTE RENAL EXPERIMENTAL
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VERSIÓ EN CATALÀ
Todas las imágenes que ilustran este web reproducen casos reales en que los animales han sido incluidos en estudios previamente aprobados por el comité ético de experimentación animal (CEEA).

Por tanto, todos los animales que salen en las imágenes forman parte de estudios reales y han sido tratados de acuerdo a la legislación vigente. No sólo porque sea obligatorio sino porque es nuestra responsabilidad tratarlos con compasión.

Nos preocupa su bienestar no únicamente porque puede incidir en la calidad de la investigación biomédica sino porque son seres vivos sensibles que merecen ser tratados con dignidad.

El uso de animales para experimentación y otros fines científicos está estrechamente regulado por la legislación y estrictamente controlado por comités éticos de experimentación animal.

En España, en base a lo dispuesto por la comunidad económica europea, se regula mediante la LEY 121/000123, de 25 de octubre de 2007 y el REAL DECRETO 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos (BOE núm 252, de 21/X/05, pàg. 34367), cuyo objeto y finalidad son ad litteram:

  1. El objeto de este real decreto es establecer las normas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

  2. Su finalidad es asegurar dicha protección y, en particular, que a los animales utilizados se les concedan los cuidados adecuados; que no se les cause innecesariamente dolor, sufrimiento, angustia o lesión prolongados; que se evite toda duplicación inútil de procedimientos, y que el número de animales utilizados en los procedimientos se reduzca al mínimo, aplicando en lo posible métodos alternativos.

ESPAÑA:

Ley 121/000123, de 25 de octubre de 2007, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CONG/BOCG/A/A_123-11.PDF

REAL DECRETO 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos (BOE núm 252, de 21/X/05, pàg. 34367). Web:

www.boe.es/boe/dias/2005-10-21/pdfs/A34367-34391.pdf 

CEE:

COUNCIL DECISION of 23 March 1998 concerning the conclusion by the Community of the European Convention for the protection of vertebrate animals used for experimental and other scientific purposes (DOCE L222, 24 august 1999, p.29. Web:

http://eur-ex.europa.eu/LexUriServ/site/en/oj/1999/l_222/l_22219990824en00290037.pdf

Es inminente la publicación de la Ley del Bienestar Animal que prohibirá que los animales de laboratorio padezcan sufrimientos inútiles y obligará a darles un trato adecuado a su condición de seres vivos sensibles. Esta ley es el complemento que faltaba al Real Decreto 1201/2005 dado que permite establecer un régimen de sanciones ante el incumplimiento de ésta.
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